Desde qué edad un menor puede ir de acompañante en una moto: ¿es legal y seguro llevarlo?

De hecho, en 2022 el mercado de las motocicletas registró un repunte en las ventas: se patentaron casi 411.000 unidades, lo que representa una suba de 7,1% con respecto a 2021 (383.767 unidades) Ahora, los conductores argentinos de motos saben cómo deben trasladarse a los menores en motos y cuál es la edad mínima de los acompañantes.

Sobre el tema realizó una encuesta el Observatorio de Cecaitra, la Cámara que nuclea a empresas productoras de software vial. En un sondeo telefónico en más de mil hogares de CABA y el Gran Buenos Aires, se preguntó: de acuerdo la ley, ¿está permitido que los menores viajen como acompañantes en motos?”.

Allí, el 43,6% respondió que no pueden viajar; el 39,5% que solo pueden hacerlo los mayores de 12 años; el 9,5% que pueden hacerlo; y el 7,4% no contestó.

“Los datos muestran la dificultad que existe respecto del conocimiento certero con relación a la norma, ya que la ley nacional no dice nada al respecto, pero existen recomendaciones, como la de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, aconsejando que sean mayores de 12 años, y legislaciones específicas en algunos distritos, como en CABA, en donde la edad mínima del acompañante es de 16 años”, sostuvo el vocero del Observatorio Vial de Cecaitra, Facundo Jaime.

Otra de las consultas refirió al lugar de la moto en la que deberían viajar los menores. Allí, el 43,6% indicó que detrás del conductor; el 25,7% que es lo mismo mientras utilice casco; el 13,9% delante del conductor; y el 16,8% no contestó.

La Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 establece que “las motocicletas de dos ruedas no deben transportar más de un acompañante, el cual debe ubicarse siempre detrás del conductor”. Por otro lado, considera faltas graves “la conducción de vehículos transportando un número de ocupantes superior a la capacidad para la cual fue construido el vehículo y la conducción de motocicletas sin que alguno de sus ocupantes utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario”.

Es decir, que nada expresa sobre la edad de los acompañantes, pero sí sobre el lugar que deben ocupar.

Por último, se quiso conocer la opinión de los encuestados sobre el traslado de los menores en moto. Una amplia mayoría (63,6%) opinó que significa poner en peligro a los menores por la falta de respeto a las normas de tránsito; un 14,8% que es una costumbre necesaria para poder trasladarse con facilidad; y el 13,8% que es tan peligroso como trasladarlos en un automóvil.

“Evidentemente existe conciencia respecto de la peligrosidad, aunque a la luz de los datos previos, va acompañado de un gran desconocimiento sobre la situación legal producto en gran parte del vacío existente”, dijo Jaime.

Legislaciones diferentes

Las normas difieren según el lugar del país en que se aplique. Por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires, desde 2009 se estableció que está prohibido llevar acompañantes menores de 16 años en las motos; en Rosario, la edad mínima para ser acompañante en una moto es de 10 años; en Paraná, es de 8 años; y en Córdoba, es de 6 años en la ciudad. En tanto, en la provincia de Buenos Aires no hay una edad requerida y queda en cada municipio la potestad de establecerla en su código de tránsito local, pudiendo aplicar las multas y sanciones que considere.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial, sostiene que “en cuanto al traslado de niños y niñas en vehículos de dos ruedas, se trata de un modo de movilidad que implica un riesgo altísimo para la salud, dado que las infancias tienen más probabilidades que los adultos de sufrir consecuencias severas ante la ocurrencia de un hecho vial. Nuevamente, esta mayor vulnerabilidad se debe a que el cerebro y el cráneo del niño/a no han alcanzado la maduración completa”.

El organismo dependiente del Ministerio de Transporte de la Nación recomienda no transportar menores de 12 años en moto. Además, plantea que, si un niño no es lo suficientemente grande para usar un casco apropiadamente, entonces no es aconsejable que suba a una moto. Y, por último, agrega que, si sus pies no llegan cómodamente al apoyapié, su seguridad corre peligro.

Fuente: https://reporte24.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=342904:

 

Ponemos a disposición los informes del Observatorio de Seguridad Vial para descargar.
APOYA CABEZAS Y CINTURONES
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OBJETOS SUELTOS
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ESPEJOS
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LUCES DE GIRO
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SALIDAS EN GRUPO E INGESTA DE ALCOHOL  | CONDUCTOR DESIGNADO
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MENORES VIAJANDO EN MOTOS
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APLICACIONES PARA "CAPTAR" RADARES
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